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Confusión

LA CONFUSIÓN EN EL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL

LIBRO TERCERO. DERECHOS PERSONALES

TÍTULO I. Obligaciones en general 

CAPÍTULO 5. Otros modos de extinción

SECCIÓN 2ª. Confusión.

ARTICULO 931.- Definición. La obligación se extingue por confusión cuando las calidades de acreedor y de deudor se reúnen en una misma persona y en un mismo patrimonio.

ARTICULO 932.- Efectos. La obligación queda extinguida, total o parcialmente, en proporción a la parte de la deuda en que se produce la confusión.

extinción de la obligación por confución

FUNDAMENTOS DEL ANTEPROYECTO DE CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN.

12. Otros modos de extinción.

(....)

La obligación se extingue por confusión cuando las calidades de acreedor y de deudor se reúnen en una misma persona y en un mismo patrimonio.

También se extingue, total o parcialmente, en proporción a la parte de la deuda en que se produce la confusión.


PREGUNTAS SOBRE LA CONFUSIÓN


Juego de Preguntas sobre el Título Preliminar
1. ¿Qué es la confusión según el artículo 931?

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