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Obligaciones de dar

OBLIGACIONES DE DAR EN EL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL


 LIBRO TERCERO. DERECHOS PERSONALES

TÍTULO I. Obligaciones en general.

CAPÍTULO 3. Clases de obligaciones

SECCIÓN 1ª. Obligaciones de dar

Parágrafo 1º. Disposiciones generales.


ARTICULO 746.- Efectos. El deudor de una cosa cierta está obligado a conservarla en el mismo estado en que se encontraba cuando contrajo la obligación, y entregarla con sus accesorios, aunque hayan sido momentáneamente separados de ella.


ARTICULO 747.- Entrega. Cualquiera de las partes tiene derecho a requerir la inspección de la cosa en el acto de su entrega. La recepción de la cosa por el acreedor hace presumir la inexistencia de vicios aparentes y la calidad adecuada de la cosa, sin perjuicio de lo dispuesto sobre la obligación de saneamiento en la Sección 4ª, Capítulo 9, Título II del Libro Tercero.


ARTICULO 748.- Entrega de cosa mueble cerrada o bajo cubierta. Cuando se entrega una cosa mueble bajo cubierta y sin inspeccionar al tiempo de la tradición, el acreedor tiene un plazo de caducidad de tres días desde la recepción para reclamar por defectos de cantidad, calidad o vicios aparentes.


ARTICULO 749.- Obligación de dar cosas ciertas para transferir el uso o la tenencia. Remisión. Cuando la obligación de dar una cosa determinada tenga por objeto transferir solamente el uso o la tenencia de ella, se aplican las normas contenidas en los títulos especiales.


CUADRO RESUMEN


OBLIGACIONES DE DAR EN EL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL

FUNDAMENTOS DEL ANTEPROYECTO DE CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN.


5. Obligaciones de dar.

En las disposiciones generales se han seguido criterios ampliamente compartidos por la doctrina, receptados en el Proyecto de 1998, con algunas modificaciones. 

También se tuvieron en cuenta normas del Proyecto de 1993 (PEN) y de 1954.

Se comienza con los efectos, estableciendo que el deudor de una cosa cierta está obligado a conservarla en el mismo estado en que se encontraba cuando contrajo la obligación, y a entregarla con sus accesorios, aunque hayan sido momentáneamente separados de ella. 

Luego se reconoce el derecho de inspección; la presunción derivada de la recepción; el supuesto de entrega de cosa bajo cubierta.



PREGUNTAS SOBRE LAS OBLIGACIONES DE DAR


 

Juego de Preguntas sobre Obligaciones de Género (Art. 762)
¿Qué obligación tiene el deudor respecto de una cosa cierta?

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