Consorcios de Cooperación

Contrato de Consorcios de Cooperación

CONSORCIOS DE COOPERACIÓN EN EL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL

LIBRO TERCERO. DERECHOS PERSONALES

TÍTULO IV. Contratos en particular

CAPÍTULO 16. Contratos asociativos.

SECCION 5ª

Consorcios de cooperación

ARTICULO 1470.- Definición. Hay contrato de consorcio de cooperación cuando las partes establecen una organización común para facilitar, desarrollar, incrementar o concretar operaciones relacionadas con la actividad económica de sus miembros a fin de mejorar o acrecentar sus resultados.

ARTICULO 1471.- Exclusión de función de dirección o control. El consorcio de cooperación no puede ejercer funciones de dirección o control sobre la actividad de sus miembros.

ARTICULO 1472.- Participación en los resultados. Los resultados que genera la actividad desarrollada por el consorcio de cooperación se distribuyen entre sus miembros en la proporción que fija el contrato y, en su defecto, por partes iguales.

ARTICULO 1473.- Forma. El contrato debe otorgarse por instrumento público o privado con firma certificada notarialmente, e inscribirse conjuntamente con la designación de sus representantes en el Registro Público que corresponda

ARTICULO 1474.- Contenido. El contrato debe contener:

a) el nombre y datos personales de los miembros individuales, y en el caso de personas jurídicas, el nombre, denominación, domicilio y, si los tiene, datos de inscripción del contrato o estatuto social de cada uno de los participantes. Las personas jurídicas, además, deben consignar la fecha del acta y, la mención del órgano social que aprueba la participación en el consorcio;

b) el objeto del consorcio;

c) el plazo de duración del contrato;

d) la denominación, que se forma con un nombre de fantasía integrado con la leyenda “Consorcio de cooperación”;

e) la constitución de un domicilio especial para todos los efectos que deriven del contrato, tanto respecto de las partes como con relación a terceros;

f) la constitución del fondo común operativo y la determinación de su monto, así como la participación que cada parte asume en el mismo, incluyéndose la forma de su actualización o aumento en su caso;

g) las obligaciones y derechos que pactan los integrantes;

h) la participación de cada contratante en la inversión del o de los proyectos del consorcio, si existen, y la proporción en que cada uno participa de los resultados;

i) la proporción en que los participantes se responsabilizan por las obligaciones que asumen los representantes en su nombre;

j) las formas y ámbitos de adopción de decisiones para el cumplimiento del objeto. Debe preverse la obligatoriedad de celebrar reunión para tratar los temas relacionados con los negocios propios del objeto cuando así lo solicita cualquiera de los participantes por sí o por representante. Las resoluciones se adoptan por mayoría absoluta de las partes, excepto que el contrato de constitución disponga otra forma de cómputo;

k) la determinación del número de representantes del consorcio, nombre, domicilio y demás datos personales, forma de elección y de sustitución, así como sus facultades, poderes y, en caso de que la representación sea plural, formas de actuación. En caso de renuncia, incapacidad o revocación de mandato, el nuevo representante se designa por mayoría absoluta de los miembros, excepto disposición en contrario del contrato. Igual mecanismo se debe requerir para autorizar la sustitución de poder;

l) las mayorías necesarias para la modificación del contrato constitutivo. En caso de silencio, se requiere unanimidad;

m) las formas de tratamiento y las mayorías para decidir la exclusión y la admisión de nuevos participantes. En caso de silencio, la admisión de nuevos miembros requiere unanimidad;

n) las sanciones por incumplimientos de los miembros y representantes;

ñ) las causales de extinción del contrato y las formas de liquidación del consorcio;

o) una fecha anual para el tratamiento del estado de situación patrimonial por los miembros del consorcio;

p) la constitución del fondo operativo, el cual debe permanecer indiviso por todo el plazo de duración del consorcio.

ARTICULO 1475.- Reglas contables. El contrato debe establecer las reglas sobre confección y aprobación de los estados de situación patrimonial, atribución de resultados y rendición de cuentas, que reflejen adecuadamente todas., las operaciones llevadas a cabo en el ejercicio mediante el empleo de técnicas contables adecuadas. Los movimientos deben consignarse en libros contables llevados con las formalidades establecidas en las leyes. Se debe llevar un libro de actas en el cual se deben labrar las correspondientes a todas las reuniones que se realizan y a las resoluciones que se adoptan.

ARTICULO 1476.- Obligaciones y responsabilidad del representante. El representante debe llevar los libros de contabilidad y confeccionar los estados de situación patrimonial. También debe informar a los miembros sobre la existencia de causales de extinción previstas en el contrato o en la ley y tomar las medidas y recaudos urgentes que correspondan.

Es responsable de que en toda actuación sea exteriorizado el carácter de consorcio.

ARTICULO 1477.- Responsabilidad de los participantes. El contrato puede establecer la proporción en que cada miembro responde por las obligaciones asumidas en nombre del consorcio. En caso de silencio todos los miembros son solidariamente responsables.

ARTICULO 1478.- Extinción del contrato. El contrato de consorcio de cooperación se extingue por:

a) el agotamiento de su objeto o la imposibilidad de ejecutarlo;

b) la expiración del plazo establecido;

c) la decisión unánime de sus miembros;

d) la reducción a uno del número de miembros.

La muerte, incapacidad, disolución, liquidación, concurso preventivo, cesación de pagos o quiebra de alguno de los miembros del consorcio, no extingue el contrato, que continúa con los restantes, excepto que ello resulte imposible fáctica o jurídicamente.

FUNDAMENTOS DEL ANTEPROYECTO DE CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN.

TÍTULO IV. "Contratos en particular".

Consorcios de cooperación.

Hay contrato de consorcio de cooperación cuando las partes establecen una organización común para facilitar, desarrollar, incrementar o concretar operaciones relacionadas con la actividad económica de sus miembros a fin de mejorar o acrecentar sus resultados.

En la normativa se siguen las disposiciones de la ley 26.005.

PREGUNTAS DE AUTOEXÁMEN DE LOS CONTRATOS DE CONSORCIOS EN COOPERACIÓN

¿Qué es un contrato de consorcio de cooperación según el artículo 1470 del Código Civil y Comercial?

a) Un contrato en el que dos partes establecen una organización común para realizar una actividad económica con fines de lucro.

b) Un contrato en el que varias partes establecen una organización común para mejorar o acrecentar los resultados de su actividad económica.

c) Un contrato en el que varias partes establecen una organización común para facilitar el desarrollo de su actividad económica, sin fines de lucro.

d) Un contrato en el que varias partes se unen para desarrollar una actividad económica específica y obtener beneficios en conjunto.


 ¿Cuál es el objetivo del contrato de consorcio de cooperación?

a) Facilitar el desarrollo de operaciones relacionadas con la actividad económica de los miembros

b) Facilitar el desarrollo de operaciones relacionadas con la actividad cultural de los miembros

c) Facilitar el desarrollo de operaciones relacionadas con la actividad deportiva de los miembros


¿Cuál es el propósito del consorcio de cooperación?

a) Mejorar o acrecentar los resultados de los miembros

b) Disminuir los resultados de los miembros

c) No tiene propósito específico


¿Quiénes son las partes involucradas en un contrato de consorcio de cooperación?

a) Los miembros que establecen una organización común

b) Los compradores y vendedores de bienes y servicios

c) Los arrendatarios y arrendadores de bienes


¿Qué beneficio esperan obtener los miembros de un consorcio de cooperación?

a) Mejorar o acrecentar sus resultados económicos

b) Mejorar su salud

c) Mejorar su educación


¿Qué se prohíbe que haga el consorcio de cooperación en relación a sus miembros?

a) Ejercer funciones de dirección o control sobre la actividad de sus miembros.

b) Tomar decisiones sin el consentimiento de todos los miembros.

c) Establecer nuevas reglas sin previa aprobación de los miembros.

d) Ninguna de las anteriores.


¿Qué función no puede ejercer el consorcio de cooperación sobre la actividad de sus miembros?

a) Funciones de supervisión

b) Funciones de dirección o control

c) Funciones de asesoramiento


¿Cómo se distribuyen los resultados que genera la actividad desarrollada por el consorcio de cooperación?

a) En partes desiguales según lo determine el contrato.

b) Por partes iguales entre los miembros.

c) Solo entre los miembros que más hayan contribuido al desarrollo de la actividad.


¿Puede el contrato del consorcio de cooperación fijar una distribución de los resultados desigual entre los miembros?

a) Sí, pero solo si se justifica de manera razonable.

b) No, siempre se deben distribuir por partes iguales.

c) Solo en el caso de que haya un miembro que haya aportado más que los demás.


¿En qué registro se debe inscribir el contrato de consorcio de cooperación?

a) Registro de comercio

b) Registro de la propiedad

c) Registro Público que corresponda

d) Registro Civil


¿Qué tipo de instrumento se necesita para otorgar el contrato de consorcio de cooperación?

a) Instrumento público

b) Instrumento privado

c) Instrumento público o privado con firma certificada notarialmente

d) Instrumento con firma notarial


¿Cuál es el contenido que debe contener el contrato de consorcio de cooperación según el artículo 1474 del Código Civil y Comercial?

a) Solo debe incluir el objeto del consorcio y la forma de distribución de los resultados.

b) Debe incluir el nombre y datos personales de los miembros, plazo de duración del contrato, denominación del consorcio, entre otros.

c) Solo debe incluir las obligaciones y derechos que pactan los integrantes.

d) Solo debe incluir la forma en que se distribuirán los resultados generados por el consorcio. 


¿Qué elementos deben estar contemplados en el contrato de consorcio de cooperación en relación a la participación de cada miembro en la inversión del o de los proyectos del consorcio?

a) La cantidad de dinero que cada miembro aporta a los proyectos.

b) La proporción en que cada miembro participa de los resultados.

c) La cantidad de proyectos en los que cada miembro puede participar.

d) La obligación de los miembros de aportar recursos humanos en lugar de recursos financieros.


¿En qué registro deben inscribirse los contratos de consorcio de cooperación, según el artículo 1473 del Código Civil y Comercial?

a) Registro Nacional de la Propiedad Automotor.

b) Registro de la Propiedad Inmueble.

c) Registro Público que corresponda.

d) Registro de la Propiedad Industrial.


¿Qué se entiende por el fondo común operativo en el contrato de consorcio de cooperación?

a) El monto que cada miembro debe aportar para la constitución del consorcio.

b) El dinero que se destina para la realización de proyectos dentro del consorcio.

c) El monto que se destina para gastos de funcionamiento del consorcio.

d) El monto que se reparte entre los miembros al finalizar la actividad del consorcio.


¿Cuál es el contenido que debe tener el contrato de consorcio de cooperación según el artículo 1474?

a) El nombre y datos personales de los miembros individuales.

b) El objeto del consorcio.

c) El plazo de duración del contrato.

d) Todas las anteriores.


¿En qué instrumento debe otorgarse el contrato de consorcio de cooperación?

a) Instrumento privado con firma certificada notarialmente.

b) Instrumento público con firma certificada notarialmente.

c) Instrumento privado con firma no certificada notarialmente.

d) Ninguna de las anteriores.


¿Cómo se constituye la denominación del consorcio de cooperación?

a) Con el nombre de fantasía del representante.

b) Con el nombre de fantasía de cada uno de los participantes.

c) Con un nombre de fantasía integrado con la leyenda “Consorcio de cooperación”.

d) Ninguna de las anteriores.


¿Cuál es la obligación de los integrantes en cuanto a la inversión en el proyecto del consorcio?

a) No hay obligación.

b) Deben invertir una cantidad determinada por el contrato.

c) Deben invertir según la proporción que establezca el contrato.

d) Deben invertir la misma cantidad cada uno.


¿Cuáles son las mayorías necesarias para decidir la exclusión de nuevos miembros en el consorcio?

a) Mayoría simple.

b) Mayoría absoluta.

c) Unanimidad.

d) Ninguna de las anteriores.


¿Qué deben establecer las reglas en el contrato de un consorcio de cooperación según el artículo 1475 del Código Civil y Comercial de la Nación?

a) Las reglas para la aprobación del contrato.

b) Las reglas para la distribución de los resultados.

c) Las reglas para la confección y aprobación de los estados de situación patrimonial, atribución de resultados y rendición de cuentas.

d) Las reglas para la liquidación del consorcio.


¿Cómo deben reflejarse las operaciones en los estados de situación patrimonial de un consorcio de cooperación según el artículo 1475 del Código Civil y Comercial de la Nación?

a) Debe reflejarse solo las operaciones más importantes.

b) Debe reflejarse solo las operaciones que generan beneficios económicos.

c) Debe reflejarse adecuadamente todas las operaciones llevadas a cabo en el ejercicio mediante el empleo de técnicas contables adecuadas.

d) Debe reflejarse solo las operaciones que implican gastos significativos.


¿Qué tipo de libro debe llevar un consorcio de cooperación según el artículo 1475 del Código Civil y Comercial de la Nación?

a) Un libro de actas.

b) Un libro de cuentas bancarias.

c) Un libro de contratos.

d) Un libro de balances.


¿Cuál es la responsabilidad del representante de un consorcio de cooperación según el artículo 1476?

A) Llevar los libros de contabilidad y confeccionar los estados de situación patrimonial.

B) Informar a los miembros sobre la existencia de causales de extinción previstas en el contrato o en la ley.

C) Tomar las medidas y recaudos urgentes que correspondan.

D) Todas las anteriores.


¿En qué consiste la obligación del representante de un consorcio de cooperación según el artículo 1476?

A) Informar a los miembros sobre la existencia de causales de extinción previstas en el contrato o en la ley.

B) Confeccionar los estados de situación patrimonial.

C) Llevar los libros contables con las formalidades establecidas en las leyes.

D) Tomar las medidas y recaudos urgentes que correspondan.


¿Qué responsabilidad tiene el representante de un consorcio de cooperación en cuanto a la actuación del consorcio según el artículo 1476?

A) Es responsable de que en toda actuación sea exteriorizado el carácter de consorcio.

B) Es responsable de la constitución del fondo común operativo.

C) Es responsable de la admisión de nuevos participantes.

D) Es responsable de la distribución de los resultados entre los miembros.


¿Quién debe llevar los libros de contabilidad y confeccionar los estados de situación patrimonial?

a) Los miembros individuales

b) Los representantes del consorcio

c) Un contador externo contratado


¿Quién debe informar a los miembros sobre las causales de extinción previstas en el contrato o en la ley?

a) Los miembros individuales

b) Los representantes del consorcio

c) El notario que certificó el contrato


¿Quién es responsable de que en toda actuación sea exteriorizado el carácter de consorcio?

a) Los miembros individuales

b) Los representantes del consorcio

c) El Registro Público


¿Qué establece el contrato en relación con la responsabilidad de los participantes en un consorcio?

a) La responsabilidad de cada miembro por las obligaciones asumidas en nombre del consorcio.

b) La responsabilidad solidaria de todos los miembros.

c) La exención de responsabilidad de los miembros.


¿Qué ocurre en caso de silencio en relación con la responsabilidad de los participantes en un consorcio?

a) Se establece la responsabilidad de cada miembro por las obligaciones asumidas en nombre del consorcio.

b) Se establece la responsabilidad solidaria de todos los miembros.

c) Se exime de responsabilidad a los miembros.


¿Por qué puede extinguirse el contrato de consorcio de cooperación?

a) Por el agotamiento del objeto o la imposibilidad de ejecutarlo.

b) Por la muerte de alguno de los miembros.

c) Por la reducción a dos del número de miembros.

d) Por la expiración del plazo establecido.


¿Qué sucede si uno de los miembros del consorcio muere o se declara en quiebra?

a) El contrato se extingue automáticamente.

b) Los demás miembros continúan con el contrato.

c) Los demás miembros deben decidir si continúan con el contrato.

d) El contrato queda suspendido hasta que se resuelva la situación del miembro afectado.


¿Qué sucede si el contrato de consorcio de cooperación no establece un plazo de duración?

a) El contrato se considera indefinido.

b) El contrato se extingue automáticamente después de un año.

c) El contrato se extingue automáticamente después de dos años.

d) El contrato se extingue automáticamente después de tres años.


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