Efectos de los contratos

EFECTOS DE LOS CONTRATOS EN EL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL

LIBRO TERCERO. DERECHOS PERSONALES

TÍTULO II. Contratos en general

CAPÍTULO 9. Efectos

SECCIÓN 1ª. Efecto relativo.

ARTICULO 1021.- Regla general. El contrato sólo tiene efecto entre las partes contratantes; no lo tiene con respecto a terceros, excepto en los casos previstos por la ley.

ARTICULO 1022.- Situación de los terceros. El contrato no hace surgir obligaciones a cargo de terceros, ni los terceros tienen derecho a invocarlo para hacer recaer sobre las partes obligaciones que éstas no han convenido, excepto disposición legal.

ARTICULO 1023.- Parte del contrato. Se considera parte del contrato a quien:

a) lo otorga a nombre propio, aunque lo haga en interés ajeno;

b) es representado por un otorgante que actúa en su nombre e interés;

c) manifiesta la voluntad contractual, aunque ésta sea transmitida por un corredor o por un agente sin representación.

ARTICULO 1024.- Sucesores universales. Los efectos del contrato se extienden, activa y pasivamente, a los sucesores universales, a no ser que las obligaciones que de él nacen sean inherentes a la persona, o que la transmisión sea incompatible con la naturaleza de la obligación, o esté prohibida por una cláusula del contrato o la ley.


FUNDAMENTOS DEL ANTEPROYECTO DE CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN.

6. Efectos. 

En la Sección 1ª se adopta el principio efecto relativo de los contratos, siguiendo las normas del Proyecto de 1998. En todo lo demás, salvo algunas adaptaciones y recepción de observaciones de la doctrina, se sigue al Proyecto referido en cuanto a la incorporación de terceros al contrato, excepciones al cumplimiento, cumplimiento imposible, obligación de saneamiento, garantía de evicción y por vicios ocultos.


PREGUNTAS SOBRE EFECTOS DE LOS CONTRATOS

¿Cuál es la regla general respecto a los efectos del contrato según el artículo 1021?

a) El contrato tiene efecto entre las partes contratantes y terceros.

b) El contrato solo tiene efecto con respecto a terceros.

c) El contrato solo tiene efecto entre las partes contratantes.

d) El contrato solo tiene efecto con respecto a terceros si hay una disposición específica en la ley.


¿En qué casos el contrato puede tener efecto respecto a terceros?

a) En ningún caso

b) Solo cuando se establece por escrito

c) Solo cuando la ley lo prevé

d) Cuando lo establecen las partes


¿Cuál es la regla general respecto al efecto del contrato?

a) El contrato tiene efecto solo entre las partes y terceros que estén presentes en el momento de la celebración del contrato.

b) El contrato tiene efecto solo entre las partes y terceros que estén relacionados con la materia del contrato.

c) El contrato solo tiene efecto entre las partes contratantes.

d) El contrato tiene efecto entre las partes y cualquier tercero que desee ser incluido.


¿Qué es necesario para que un tercero pueda tener derecho a los beneficios de un contrato?

a) Que haya una relación de parentesco con una de las partes contratantes.

b) Que el tercero haya sido mencionado específicamente en el contrato.

c) Que la ley le otorgue el derecho a los beneficios del contrato.

d) Que el tercero lo solicite explícitamente.


¿Qué consecuencia tiene el contrato con respecto a terceros según el artículo 1022?

a) Los terceros quedan obligados a cumplir las obligaciones convenidas en el contrato.

b) El contrato no afecta a terceros, quienes no pueden invocarlo para hacer recaer sobre las partes obligaciones que no han convenido.

c) Los terceros pueden solicitar la anulación del contrato si no están de acuerdo con sus términos.


¿Qué excepción prevé el artículo 1022 con respecto a la situación de los terceros?

a) Los terceros pueden exigir el cumplimiento de las obligaciones convenidas en el contrato.

b) Los terceros pueden impugnar el contrato si consideran que afecta sus derechos.

c) Existe una disposición legal que establece obligaciones a cargo de terceros en determinados casos.


¿Quiénes tienen derecho a invocar el contrato según el artículo 1022?

a) Las partes contratantes y los terceros afectados por el contrato.

b) Solo las partes contratantes.

c) Solo los terceros que han sido expresamente mencionados en el contrato.


¿Quién se considera parte del contrato según el artículo 1023?

a) Solo quien lo otorga a nombre propio.

b) Quien lo otorga a nombre propio o en interés ajeno.

c) Solo quien es representado por un otorgante que actúa en su nombre e interés.

d) Quien manifiesta la voluntad contractual y la transmite a través de un corredor o agente sin representación.


¿Es necesario que la persona que manifiesta la voluntad contractual tenga representación para ser considerada parte del contrato según el artículo 1023?

a) Sí, siempre.

b) No, nunca.

c) Depende del tipo de contrato.

d) Depende de la legislación local.


¿Quién puede actuar en nombre e interés de otro para ser considerado parte del contrato según el artículo 1023?

a) Solo un abogado o representante legal.

b) Solo un corredor o agente con representación.

c) Cualquier persona que tenga autorización para ello.

d) Solo el propio otorgante.


¿Quiénes pueden ser afectados por los efectos del contrato según el artículo 1024 del Código Civil y Comercial?

a) Los terceros que no son parte del contrato.

b) Los sucesores universales.

c) Solo los otorgantes del contrato.

d) Las personas físicas que hayan sido mencionadas explícitamente en el contrato.


¿A quiénes se extienden los efectos del contrato, activa y pasivamente?

a) Únicamente a las partes contratantes.

b) A los sucesores particulares.

c) A los sucesores universales.

d) A los terceros relacionados con el objeto del contrato.


¿Cuáles son las excepciones en las que los efectos del contrato no se extienden a los sucesores universales?

a) Cuando las obligaciones son inherentes a la persona.

b) Cuando la transmisión es incompatible con la naturaleza de la obligación.

c) Cuando está prohibido por una cláusula del contrato o por la ley.

d) Todas las anteriores.


¿Qué significa que los efectos del contrato se extiendan "activa y pasivamente"?

a) Que los sucesores universales pueden recibir los beneficios y cumplir las obligaciones del contrato.

b) Que los sucesores universales solo pueden cumplir las obligaciones del contrato.

c) Que los sucesores universales solo pueden recibir los beneficios del contrato.

d) Que los efectos del contrato no se extienden a los sucesores universales.

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