COMPRAVENTA SIN INDICACION DEL AREA Y POR UN SOLO PRECIO
(Art. 1344 del Cód. Civil)
Entre el Sr. . . . . . . . . . . . . . . . , domiciliado en la calle . . . . . . . . . . . . . . . N° . . . . . , de la ciudad de . , por una parte, en adelante denominado el «comprador» y por la otra el señor. . . . . . . . . . . . . . . . quien se domicilia en la calle . . . . . . . . . . . . . . . N° . . . . . de la ciudad de . . . . . . . . . . . . . . . , en adelante denominado el «vendedor» convienen el presente contrato de compra-venta :
PRIMERA: El comprador compra y el vendedor vende un terreno ubicado en el partido de . . . . . . . . . . , provincia de . . . . . . . . . . . . . . . , con todo lo que en él se encuentra adherido, plantado y construido. El terreno se encuentra situado en el paraje denominado . . . . . . . . . . . . . . . linda al . . . . . con . . . . . . . . .; y al . . . . . con . . . . . . . . . . . . . . . , y al . . . . . con . . . . . . . . . . . . . . . , desconociéndose las medidas lineales y la superficie del mismo, por lo que la venta se realiza «ad corpus». -
SEGUNDA: El precio de venta se fija en la suma total de pesos . . . . . . . . . . . . . . . ($ . . . . . . . . . . ) pagaderos de la siguiente forma: La suma de pesos . . . . . . . . . . . . . . ($ . . . . . . . . . . ) el comprador la abona al vendedor en esta acto, en dinero en efectivo, sirviendo la presente del más válido recibo y carta de pago. El saldo de pesos . . . . . . . . . . . . . . . ($ . . . . . . . . . . ) el comprador lo pagará al vendedor al momento de producirse la escritura traslativa de dominio. -
TERCERA: La escritura traslativa de dominio se realizará a los . . . . . días de producido la mensura y deslinde del bien que se vende y se formalizará por ante el escribano que designe la parte compradora. -
CUARTA: La mensura y deslinde de la propiedad vendida se realizará dentro de los . . . . . días de firmado el presente contrato por el ingeniero agrónomo Sr. . . . . . . . . . . . . . . . , con oficinas en la calle N° . . . . . , de la ciudad de . . . . . . . . . . . . . . . Siendo los gastos que demandan la misma a cargo por partes iguales del comprador y vendedor respectivamente. -
QUINTA: La posesión del bien será otorgada al momento de realizarse la escritura traslativa de dominio, libre de todo ocupante y con pago de los intereses al día de la firma de la misma. - - - - -
En la ciudad de . . . . . . . . . . . . . . . , a los . . . . . días del mes de . . . . . . . . . . . . . . . de 2. . . . , se firman ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto. -
FIRMAS.-
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